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Arraigo Sociolaboral en 2025 en España: requisitos, novedades y guía completa


El Arraigo Sociolaboral es una de las modalidades de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en situación irregular regularizar su situación si cumplen ciertos requisitos laborales. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, y sus Instrucciones SEM 1/2025, se han introducido cambios importantes que impactan quiénes pueden acceder a esta vía, cómo, y qué condiciones exactas se exigen.
Este artículo recoge todas las novedades, los requisitos generales y específicos, la documentación necesaria, los errores frecuentes, consejos prácticos y ejemplos.

  • Marco normativoReal Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que reforma el Reglamento de Extranjería y crea una regulación renovada para las autorizaciones de residencia temporal por arraigo (circunstancias excepcionales) incluyendo arraigo sociolaboral.
  • Instrucciones SEM 1/2025, de la Secretaría de Estado de Migraciones, que aclaran criterios específicos de aplicación para varias de las modalidades de arraigo, incluida la sociolaboral.

El RD 1155/2024 entró en vigor el 20 de mayo de 2025 para la mayoría de sus disposiciones.

¿Qué es el Arraigo Sociolaboral?


El Arraigo Sociolaboral es una nueva figura regulada por el artículo 127.b) del RD 1155/2024 cuyo objeto es regularizar la residencia temporal de personas extranjeras en situación irregular, siempre que acrediten vínculos con el empleo legal en España y otros requisitos. Sustituye y mejora algunas figuras anteriores de arraigo con contrato, adaptándolas a las realidades laborales actuales.

Novedades principales con respecto al régimen anteriorEstas son las modificaciones más relevantes que trae el nuevo reglamento para el arraigo sociolaboral:
  1. Reducción del tiempo de residencia requerido
  2. Antes se pedían 3 años en muchos casos; ahora basta con 2 años de residencia continuada en España para poder solicitarlo.
  3. Menor exigencia de horas laborales semanales
  4. Se exige una jornada mínima de 20 horas semanales (en cómputo global si hay varios contratos) en lugar de jornadas completas o exigencias mayores que pedían algunos convenios locales.
  5. Contrato(s) laboral(es) válido(s)
  • Puede presentarse uno o varios contratos de trabajo, incluyendo contratos temporales, indefinidos, fijos discontinuos, de sustitución, etc., siempre que las condiciones salariales sean adecuadas.
  • La suma de horas de estos contratos debe llegar al mínimo exigido (20 h/s).
  • Se exige que el salario garantizado sea al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o lo que establezca el convenio colectivo aplicable, proporcional a las horas trabajadas.
  1. No necesidad de informe de integración social
  2. Si se cumplen los requisitos laborales y de residencia, ya no será obligatorio presentar el informe de integración como sí ocurría en ciertas circunstancias anteriormente.
  3. Requisitos generales propios del nuevo reglamento
  4. Incluyen, entre otros: no ser solicitante de protección internacional (o que su solicitud esté resuelta), no tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia previa en los últimos cinco años, no representar riesgo para la salud pública, seguridad o el orden público.
  5. Compatibilidad / formas de contrato
  6. Se admiten contratos temporales, fijos discontinuos, de sustitución y otros contratos reconocidos por la normativa laboral, siempre que cumplan los requisitos de horas y salario.

Estos son los requisitos que aplican para Arraigo Sociolaboral además de los específicos laborales:


  • Tener presencia física en España al momento de presentar la solicitud.
  • No ser solicitante de protección internacional activo (o que la solicitud ya esté resuelta).
  • Permanencia continuada de al menos 2 años en territorio español antes de la solicitud.
  • No contar con antecedentes penales ni en España ni en los países donde la persona haya residido durante los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en España.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o salud pública.
  • Pagar la tasa correspondiente al trámite.
Requisitos específicos del Arraigo SociolaboralEstos son los requisitos laborales y específicos que diferencian este tipo de arraigo:

Contratos de trabajo
  • Tener uno o más contratos laborales.
  • Estos contratos pueden ser de varios tipos: temporales, fijos discontínuos, de sustitución, incluso concatenados, siempre que se cumplan las condiciones exigidas (salario, horas).
Jornada mínima
  • La suma de las jornadas de los contratos debe ser al menos 20 horas semanales.
Salario mínimo
  • El salario debe ser al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o el que marque el convenio colectivo aplicable, proporcional a la jornada trabajada.
Duración mínima de los contratos
  • Los contratos deben tener una duración mínima, o bien que su conjunto sumado represente una cierta estabilidad; algunas fuentes mencionan que contratos de más de 90 días o concatenados serán válidos.
Capacidad del empleador
  • Que el empleador esté al corriente con sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social. Algunas interpretaciones exigen que el empleador tenga solvencia, que la empresa esté legalmente constituida, etc.
Documentación sugeridaPara presentar tu solicitud de Arraigo Sociolaboral con todas las garantías, conviene tener listos estos documentos:

  • Pasaporte u otro documento de identidad válido.
  • Empadronamiento que pruebe residencia continuada en los últimos dos años.
  • Contratos de trabajo uno o varios que cumplan con los requisitos (tipo, horas, duración, salario).
  • Certificados de empresa o documentos que demuestren que el empleador está al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (o que no tiene deudas relevantes, etc.).
  • Certificados de antecedentes penales de España y de los países en que hayas residido los últimos 5 años.
  • Declaración de que no eres solicitante de protección internacional activo (o copia de resolución si fue denegada).
  • Justificante de pago de tasas.
  • Plazos, efectos y renovaciónLa autorización que se concede bajo arraigo sociolaboral tiene una duración inicial de 1 año. (Verificado en fuentes que resumen la normativa).
  • Después del año, se podrá renovar si se siguen cumpliendo los requisitos exigidos, siempre verificando que la situación laboral continúa siendo válida, que las obligaciones fiscales/sociales se mantienen, etc.
  • Riesgos y errores comunesPresentar contratos que no suman las 20 horas mínimas semanales o cuya duración es inferior a lo exigido.
  • Que el salario propuesto no equivalga al SMI o al salario del convenio aplicable según horas.
  • Que el empleador no esté al corriente con Seguridad Social o Hacienda, lo que puede invalidar la solicitud.
  • No acreditar los 2 años de residencia continuada.
  • Tener antecedentes penales incompatibles o estar en situación de solicitante de protección internacional sin resolución firme.
  • No pagar la tasa o no presentar documentos completos.
  • Consejos prácticos para tener más garantías de éxitoAsegúrate de que los contratos sean legales y reflejen claramente horas trabajadas y salario proporcional.
  • Si tienes varios contratos, organiza bien la documentación para mostrar que en conjunto alcanzan la jornada mínima.
  • Guarda todos los documentos de residencia (empadronamiento), facturas, comunicaciones oficiales que demuestren permanencia.
  • Verifica que el empleador cumple con todos los requisitos fiscales y de Seguridad Social.
  • Consulta la oficina de Extranjería de tu provincia para asegurarte de que en esa zona no hay requisitos adicionales o interpretaciones locales.
  • Si tienes dudas, busca asesoría legal especializada.

  • El Arraigo Sociolaboral bajo el Reglamento 1155/2024 representa una buena oportunidad para muchas personas extranjeras en situación irregular, al rebajar los plazos (2 años), flexibilizar las jornadas laborales requeridas (mínimo 20 horas), permitir varios tipos de contrato y eliminar algunos requisitos anteriores más complejos como el informe de integración en ciertos casos.
  • No obstante, aunque el marco legal se ha simplificado en algunos aspectos, los detalles importan mucho: los contratos deben cumplir, el salario debe ser correcto, el tiempo de residencia debe demostrarse, y el empleador debe estar en regla. También es esencial prepararse bien, recopilar toda la documentación con antelación y posiblemente asesorarse para evitar errores que puedan retrasar o impedir la autorización.

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